COMUNICACIÓN
DE RESULTADOS.
Establecen los criterios
técnicos del contenido, elaboración y presentación del informe de auditoría del
sector gubernamental, asegurando la uniformidad de su estructura, así como la
exposición clara y precisa de los resultados.
Las normas para la
comunicación de resultados se dividen en: Forma Escrita, Contenido, Discusión,
Oportunidad en la Entrega del Informe, Aprobación y Presentación y Seguimiento
del cumplimiento de las Recomendaciones
Forma
Escrita:
El auditor del sector
gubernamental debe preparar informes de auditoría por escrito para comunicar
los resultados de cada auditoría.
Su preparación debe ser en
lenguaje sencillo y fácilmente entendible, tratando los asuntos en forma
concreta y concisa, lo que debe coincidir de manera exacta y objetiva con los
hechos observados.
El informe de auditoría en
forma escrita tiene como propósito comunicar los resultados del trabajo, para
garantizar el entendimiento de su contenido y las
Contenido:
Todo informe de auditoría del
sector gubernamental debe ajustarse a la estructura y contenido que se ha
definido en los manuales respectivos.
Los informes deben ser
presentados de manera objetiva y clara, con
suficiente información, que permita al usuario una adecuada interpretación
de los resultados.
Todo informe de auditoría del
sector gubernamental debe incluir un resumen gerencial que debe contener un
extracto que haga referencia a los hallazgos y recomendaciones más
relevantes.
El cumplimiento con la
estructura y contenido que se especifican en el manual de auditoría, es
importante para el buen entendimiento de lo que se quiere comunicar.
Discusión:
El contenido de cada informe
de auditoría del sector gubernamental debe ser discutido con los responsables
de la entidad o unidad administrativa auditada, para asegurar el cumplimiento
de las recomendaciones.
La discusión del contenido del
informe es responsabilidad del supervisor y encargado designados por la
Contraloría General de Cuentas, al trabajo de auditoría, la cual se debe efectuar con los funcionarios
responsables de la entidad o unidad administrativa auditada, con el objeto de
otorgarles el ejercicio del derecho de defensa de conformidad con las
disposiciones legales vigentes.
De igual manera deberán
proceder el jefe de la unidad de auditoría interna, el supervisor y el auditor
interno encargado del trabajo.
Por ser los principales
responsables de las operaciones, la discusión con las máximas autoridades tiene
por objeto obtener el compromiso formal de que van a llevar a la práctica las
recomendaciones, delegando a los responsables y asignando los recursos
necesarios en un tiempo determinado.
Como resultado de la discusión
se debe concluir sobre la condición final de los hallazgos y su inclusión e
incidencia en el informe definitivo
Oportunidad
en la Entrega del Informe:
Todo informe de auditoría del
sector gubernamental debe emitirse al haber finalizado el trabajo, según los
plazos establecidos en el manual de auditoria.
Para que el resultado de la
auditoría del sector gubernamental sea de utilidad, y los responsables tomen
las medidas correctivas necesarias para eliminar las causas de los problemas,
es importante que el auditor del sector gubernamental cumpla con las fechas
establecidas en los cronogramas correspondientes
En el caso de hallazgos que
ameriten decisiones y acciones inmediatas, el auditor del sector gubernamental
debe comunicar los mismos a través de informes parciales. Sin embargo, estos
serán incluidos en el informe final, haciendo referencia a las acciones
llevadas a cabo.
Aprobación
y Presentación:
Todo informe de auditoría gubernamental emitido por la Contraloría
General de Cuentas debe ser aprobado y presentado oficialmente por parte
del Contralor General de Cuentas.
Luego que los informes han
sido sometidos al proceso de control de calidad, serán aprobados y se oficializará la entrega de los
mismos a la máxima autoridad de la entidad auditada, a los responsables de las
áreas involucradas así como a los distintos usuarios que corresponda,
acreditando la respectiva recepción.
Dentro de la distribución de
los informes de auditoría debe incluirse un ejemplar para la Unidad de
Auditoría Interna, para su conocimiento y seguimiento de las recomendaciones
contenidas en el mismo.
En el caso de las unidades de
auditoría interna de los entes del sector gubernamental, los informes deberán
ser aprobados y presentados oficialmente por el jefe de dicha unidad, ante la
máxima autoridad de la entidad que corresponda y enviar una copia de los mismos
a la contraloría General de Cuentas para el seguimiento y coordinación de las
actividades.
Seguimiento
del Cumplimiento de las Recomendaciones:
La Contraloría General de
Cuentas, y las unidades de auditoría
interna de las entidades del sector público, periódicamente, realizarán
el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones de los informes de
auditoría emitidos.
Los Planes Anuales de
Auditoría, contemplarán el seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones
de cada informe de auditoría emitido.
El auditor del sector
gubernamental, al redactar el informe correspondiente a la auditoría
practicada, debe mencionar los resultados del seguimiento a las recomendaciones
del informe de auditoría gubernamental anterior. El incumplimiento a las
recomendaciones dará lugar a la aplicación de sanciones por parte de la
administración del ente público o por la Contraloría General de Cuentas, según
corresponda.
El seguimiento de las
recomendaciones será responsabilidad de las Unidades de Auditoría Interna de
los entes públicos y de la Contraloría General de Cuentas de acuerdo a lo
programado.
Las recomendaciones que se
encuentren pendientes de cumplir, deberán tomarse en cuenta, para la
planificación específica de la siguiente auditoría
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